Trámites migratorios efectuados por Cubanos residentes en el exterior
- Detalles
- Creado: Jueves, 01 Noviembre 2018 05:50
- Publicado: Jueves, 01 Noviembre 2018 05:50
- Escrito por Equipo de producción provincial
- Visto: 11649
Descripción del trámite: Autorización de entrada por razón humanitaria a favor de los ciudadanos cubanos emigrados para visitar sus familiares allegados que hayan fallecido o se encuentren gravemente enfermo.
Requisitos:
- Carné de identidad actualizado de la persona que sirve de referencia en Cuba.
- Resumen de historia clínica del enfermo en Cuba o certificación de defunción, según corresponda.
- Formulario de solicitud de entrada a Cuba (AP-1).
- Formulario de la persona de referencia (AP-3).
Base legal que lo respalda:
Edición actualizada de la Ley 1312/76 y su Reglamento.
Costo: sin gravamen.
Tiempo de duración aproximado: (72 horas hasta 90 días)
Formatos:
- Formulario de solicitud de entrada (AP-1)
- Formulario de la persona de referencia en Cuba (AP-3)
Descripción del trámite: Acto mediante el cual se autoriza la extensión de la estancia en el territorio nacional a los cubanos residentes en el exterior.
Requisitos:
- Pasaporte habilitado.
- Póliza de seguro médico.
- Pago de impuesto en sellos de timbre conforme a lo establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios.
Base legal que lo respalda:
Edición actualizada de la Ley 1312/76 y su Reglamento.
Ley No. 113/2012 del Sistema Tributario del Ministerio de Finanzas y Precios
Costo: $ 25.00 CUC en sellos del timbre.
Tiempo de duración aproximado: inmediato
Formatos: Modelo entrada solicitudes migratorias (AO-3)
Descripción del trámite: Solicitud que realizan los emigrados cubanos que pretenden establecer su residencia nuevamente en el territorio nacional, serán formuladas por los interesados en los consulados cubanos en el exterior o en los órganos de trámites del MININT. Puede solicitarse además, por la persona de referencia residente en Cuba.
Requisitos por negativa de regreso en el territorio nacional:
- Presencia física del titular.
- Pasaporte.
- Formulario de solicitud de entrada (AP-1) en original y copia.
- Formulario de la persona de referencia en Cuba (AP-3) en original y copia.
- Documento de identidad de la persona de referencia en Cuba.
- Declaración jurada la persona de referencia que en Cuba se compromete a garantizar su alojamiento y manutención cuando corresponda, hasta tanto el interesado pueda disponer de vivienda e ingresos propios.
- Pago de impuesto en sellos del timbre conforme a lo establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios.
Base legal que lo respalda:
- Edición actualizada de la Ley 1312/76 y su Reglamento.
- Resolución No. 44 del Ministro del Interior de 13 de octubre de 2012.
- Ley No. 113/2012 del Sistema Tributario del Ministerio de Finanzas y Precios
Costo: 100.00 CUC en sellos del timbre
Tiempo de duración aproximado: 90 días
Formatos:
- Formulario de solicitud de entrada (AP-1)
- Formulario de la persona de referencia en Cuba (AP-3)
Comentarios
Gracias
Suscripción de noticias RSS para comentarios de esta entrada.