Divorcio

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Se inicia con la solicitud que formulan los cónyuges que contiene las generales y datos de ellos, la fecha del matrimonio y la referencia del Registro del Estado Civil donde constan inscritos, los nombres y apellidos de los hijos comunes menores, las fechas de sus nacimientos con referencia del Registro del Estado Civil donde constan inscritos y las convenciones de los cónyuges en cuanto a:

Concurrir ambos cónyuges con sus respectivos carnés de identidad.

Presentar:

Si hubieren adquirido otros bienes durante la vigencia del matrimonio y pretendan liquidarlos en el momento del divorcio, aportar el documento que acredite su titularidad.

Modificación de las Convenciones sobre las Relaciones Paterno Filiales:

Se produce con posterioridad a la fecha de autorización de la escritura de divorcio, cuando los excónyuges deciden modificar los acuerdos en relación con las convenciones relativas a las relaciones paternas filiales.

Concurrir los excónyuges con sus respectivos carnés de identidad.

Presentar: