Nueva Resolución del Minjus
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- Creado: Lunes, 07 Septiembre 2020 11:21
- Publicado: Lunes, 07 Septiembre 2020 11:21
- Escrito por Dirección Provincial de Justicia Villa Clara
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Resolución 382/2020 Registro de la Propiedad
El 20 de agosto del presente año se dictó por el Ministro de Justicia la Resolución 382, la que modifica el Artículo 15.1 de la Resolución 114 referente a las “Normas y Procedimientospara la Organización y Funcionamiento del Registro de la Propiedad”. La misma aconseja dar un tratamiento diferenciado a las oficinas registrales y así lograr mayor agilidad y calidad en la prestación del servicio, correspondiendo para ello categorizar a los Registros de la Propiedad de acuerdo a la radicación e inscripción que realizan, y en consecuencia establecer los plazos para cada uno de los registros del país. Es por ello que el Registrador, para efectuar la inscripción dispone, de acuerdo a las categorías de los Registros de la Propiedad establecidas, de los plazos siguientes:
a) Los de primera categoría hasta 10 días hábiles;
b) los de segunda categoría hasta 7 días hábiles; y
c) los de tercera categoría hasta 5 días hábiles.
Categoría I
Santa Clara
Categoría II
Sagua la Grande
Remedios
Manicaragua
Camajuaní
Caibarién
Placetas
Santo Domingo
Ranchuelo
Categoría III
Corralillo
Quemado de
Güines
Encrucijada
Cifuentes
La Resolución 382 del 2020 entró en vigor a partir del 1 de septiembre de 2020.
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