Cambio de titularidad

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Cesión de titularidad

El titular del servicio podrá solicitar el cambio de titularidad a favor de la persona natural que él designe en el momento en que lo estime oportuno.

Documentos a presentar:

Transmisión de la titularidad

El titular del servicio podrá designar, si así lo considera, dejando constancia en su Unidad Comercial, anexo a su contrato, a una persona natural a la que le transmitirá la titularidad del servicio telefónico básico en los casos de fallecimiento, presunción de muerte o ausencia definitiva del territorio nacional de su titular. Esta designación podrá ser revocada en el momento que estime oportuno.

De no existir designación previa, transmitirá la titularidad a los familiares que más abajo se relacionan en el orden en que aparecen y uno excluye al siguiente, exceptuando el cónyuge y los hijos que concurrirán con el mismo derecho:

a) Cónyuge, hijos y demás descendientes.

b) Padres, abuelos y demás ascendientes.

c) Hermanos y sobrinos.

d) Tíos.

e) Primos.

De no existir familiares a quien transmitir o existiendo renuncien a este derecho, la titularidad del servicio se transmitirá al conviviente a quien la ley le otorgue el mejor derecho a la vivienda en que se encuentre instalado.

De existir varias personas con igualdad de derecho y no alcanzarse acuerdo sobre a quien corresponde la titularidad del servicio, en un término de treinta (30) días hábiles a partir de realizada la notificación, ETECSA dará baja al servicio.

Documentos a presentar:

En caso de que no haya grado de parentesco, acreditar su condición de propietario, arrendatario o usufructuario gratuito de la vivienda a través de: título de propiedad o resolución que acredite su condición dictada por la institución de la vivienda, contrato de arrendamiento, escritura notarial pública, sentencia firme del tribunal o liquidación de la comunidad de bienes.