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Finanzas y Precios

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El Acuerdo 6176, adoptado por el Consejo de Ministros el 13 de noviembre de 2007, define en su Artículo 3, que las Administraciones Locales subordinadas a sus respectivas Asambleas del Poder Popular están constituidas por sus Órganos de la Administración y por las entidades económicas, de producción y de servicios de subordinación local. La Dirección Provincial de Finanzas y Precios es uno de estos órganos y fue creada mediante la Resolución Constitutiva No. 51 de fecha 8 de octubre del 1997.

Esta entidad se encuentra ubicada en la Carretera Central #527 e/ Tirso Díaz y Callejón del Venecia, en la ciudad de Santa Clara perteneciente a la provincia de Villa Clara y está integrada por la Dirección Provincial (DPFP), las 13 Direcciones Municipales de Finanzas y Precios (DMFP) y las 13 Oficinas de Control y Cobro de Multas (OCCM) de cada municipio.

Funciones y atribuciones:

  1. Asignación de subsidios a empresas de subordinación nacional y otras formas de financiamiento por el presupuesto central a cooperativas, UBPC y otras entidades radicadas en el territorio, para lo cual están facultadas para realizar las evaluaciones y controles que correspondan.
  2. Realización de comprobaciones de gastos a unidades presupuestadas.
  3. Control y fiscalización del cumplimiento de las normativas en materia financiera y de precios a todas las entidades ubicadas en la provincia tales como, préstamos a estudiantes del nivel superior, control de eventos y competencias deportivas y otras que sean mutuamente convenidas.
  4. Control global del presupuesto de la seguridad en la provincia.
  5. Control de la aplicación correcta, en las empresas situadas en la provincia, del nuevo sistema financiero, en cuanto a verificación de impuestos, aportes, tasas y contribuciones, creación de reservas, entre otras, en coordinación con las dependencias de la Oficina Nacional de Administración Tributaria.
  6. Control del movimiento e integridad de los inventarios financiados por el presupuesto central (reservas del plan) existentes en la provincia.
  7. Asesoramiento a las UBPC y CPA del territorio en materia financiera y de precios y realizar sistemáticamente análisis de los resultados económicos, controlando y evaluando el cumplimiento de los programas de rentabilidad y de la eliminación de las pérdidas.
  8. Participar en estudios, comprobaciones y evaluaciones de interés nacional en materias financieras y de precios, de contabilidad y control interno, que sean expresamente coordinados.
  9. Asesorar a las entidades de subordinación nacional en el territorio en materia financiera, contable y de precios y tarifas.

Las Direcciones Provinciales de Finanzas y Precios tienen facultad de delegar en las Direcciones Municipales de Finanzas y Precios estas tareas y otras derivadas de sus funciones propias, que correspondan ser ejecutadas en los municipios.

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