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Documentos que rigen el ejercicio del Poder Popular

Por parte de la Asamblea Provincial del Poder Popular:

Constitución: Es la norma legal de mayor jerarquía que organiza un Estado y reconoce los derechos y garantías fundamentales de sus habitantes. Ley Fundamental de la República de Cuba, adoptada por referéndum popular en 1976 por más del 97% de la población. Declara que Cuba es un Estado socialista de trabajadores, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos, como República unitaria y democrática, para el disfrute de la libertad política, la justicia social, el bienestar individual y colectivo y la solidaridad humana.

Reglamento APPP y AMPP: Establecen como debe ser la organización y funcionamiento de los órganos del Poder Popular que le permitan cumplir mejor con las atribuciones que le están encomendadas, para cumplir a plenitud con su contenido, garantizando un estado de equidad y soberanía de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República.

Ley 91: De conformidad con lo establecido en la Constitución de la República, esta Ley regula la organización, atribuciones y funciones de los Consejos Populares, órgano del Poder Popular local que comprende una demarcación territorial dada, de carácter representativo, investido de la más alta autoridad para el desempeño de sus funciones, apoya a la Asamblea Municipal del Poder Popular en el ejercicio de sus atribuciones y facilita el mejor conocimiento y atención de las necesidades e intereses de los pobladores de su área de acción.

Ley 82: Regula la estructura, organización y funcionamiento del sistema de Tribunales Populares, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República atendiendo a la necesaria coherencia y mayor eficiencia en el orden orgánico de los Tribunales Populares.

Ley 72: Es la norma fundamental general que regula los procedimientos electorales, cómo se llevan a cabo las elecciones y cómo se determinan sus resultados, establece la fijación de la forma en que los ciudadanos con capacidad legal para ello, participarán en las elecciones que se celebren en el país.

Ley 89: La presente ley regula la forma, las causas y los procedimientos para la revocación del mandato de los elegidos que integran los órganos representativos del Poder Popular. La revocación puede comprender el mandato conferido tanto por los electores, como el otorgado por la asamblea correspondiente. La revocación es independiente de cualquier otro procedimiento penal, civil, administrativo o laboral y su tramitación se efectúa de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley.

Por parte del Consejo de la Administración Provincial:

Acuerdo 8223 Consejo de Ministros: Regula la estructura, integración, organización, atribuciones y funcionamiento del Órgano de la Administración de las asambleas locales del Poder Popular, establece el cargo de Vicepresidente en este Órgano, en interés de incrementar la efectividad y eficiencia de la administración local en su gestión, fortalecer sus mecanismos de trabajo y buscar mayor permanencia y experiencia de quienes se desempeñen en su dirección.

Acuerdo 6560 Consejo de Ministros: Establece las indicaciones para las administraciones a todos los niveles de dirección, sobre la tramitación y solución de los planteamientos realizados por los electores en las reuniones de rendición de cuenta de los delegados del Poder Popular y en los despachos de los delegados con sus electores.

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